14 de Febrero del 2020

Andalucía Acoge ha pedido hoy, viernes, al Gobierno que actúe con coherencia y cumpla su compromiso con los derechos humanos tras la sentencia dictada este jueves por el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, que rectifica y avala las devoluciones en caliente en la valla de Melilla.

La sentencia se fundamenta en que los ciudadanos de Mali y Costa de Marfil NT y ND optaron voluntariamente por acceder a España de forma irregular. Pero la realidad ha aclarado Elena Tajuelo, Presidenta de Andalucía Acoge, “Es que no existía entonces ni existe ahora una vía regular y legal para entrar en España para ninguna persona que llegue desde el África Subsahariana. Por lo que el Tribunal falla sobre una premisa irrealizable en la Frontera Sur”

De hecho, en el año 2014 ni siquiera existían puestos fronterizos para solicitar asilo, por lo que la sentencia se fundamenta, al menos parcialmente, en un desconocimiento de la realidad de la Frontera Sur desde Estrasburgo.

Según la Federación, la garantía de la identificación, asistencia jurídica y solicitud de asilo no puede depender de la forma administrativa de entrada, ni la protección de los derechos fundamentales de las personas puede estar condicionada por una falta administrativa.

De esta forma el TEDH ha desautorizado el criterio emitido por la sala 3ª de ese mismo tribunal en 2017 en una sentencia que claramente condenaba al Gobierno de España por aplicar las devoluciones en caliente.

También recuerda la Federación, que esto ha sido posible porque el Gobierno del Partido Popular recurrió esta sentencia en su momento y el Partido Socialista no aceptó la petición de Andalucía Acoge y otras muchas organizaciones sociales para retirar este recurso. Incluso tras haberse comprometido a acabar con las devoluciones en caliente.

Además, alerta de que esta sentencia abre la puerta a que haya un cambio en las políticas de gestión fronterizo y añade que la actuación policial no debería estar sometida a distintos niveles de exigencia en función de la situación documental de las personas.

Pese a este dictamen del TEDH, Andalucía Acoge mantiene la esperanza en que la próxima sentencia que versa sobre hechos similares -asunto Doumbe Nnabuchi contra España- sea más garantista hacia los derechos humanos. Esta demanda fue admitida por hechos similares pero además por la vulneración del artículo 3 CEDH porque la persona sufrió malos tratos por parte de la Guardia Civil. De hecho la entidad sostiene que exisitió omisión del deber de socorro y atención sanitaria a una persona gravemente herida en suelo español.

Además, recuerda que la sentencia de Estrasburgo no ha condenado al estado por la actuación con NT y ND, pero tampoco impide que España genere una normativa garantista con los derechos humanos en la frontera, fomentando una sociedad de la que nos podamos sentir orgullosos.

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