El envejecimiento de la población, el incremento de personas con dependencias permanentes o transitorias, los sistemas socio-laborales que imposibilitan la conciliación de la vida laboral, familiar y personal, la insuficiente inversión pública en recursos y servicios de proximidad (de cuidados) entre otros factores, contribuye a un incremento de la demanda de personas dedicadas al Empleo Doméstico.

La Campaña de Sensibilización “PERSONA EMPLEADA, NI SIRVIENTA, NI CRIADA” (iniciada desde el proyecto Equal Concilia-lo, y financiada y cofinanciada por la Iniciativa Comunitaria Equal 2004-2007 y por el Fondo Social Europeo), solicita desde el año 2.006 la revalorización del Empleo Doméstico y el incremento de la cobertura de derechos laborales y de protección social, y de las garantías socio-laborales de las personas empleadas y de las que contratan. Así como de otras ocupaciones vinculadas a los cuidados y los Servicios de Proximidad.

La primera regulación del sector como ocupación laboral data de 1969 y 1984, ambas normativas durante 42 y 27 años han contenido serias discriminaciones laborales y de protección social respecto a la relación laboral común, así como condiciones laborales de alta precariedad y desvalorización en la práctica laboral.

En 2011 fue modificada la normativa que regula este empleo, precedido de numerosas reivindicaciones del tejido social durante décadas.

La reforma iniciada en 2011 incorporó numerosos derechos antes excluidos como; obligatoriedad de realizar un contrato por escrito, abono de 2 pagas extraordinarias, limitación de 40 horas semanales de trabajo y ocho al día, la ampliación del descanso entre jornadas, el pago mediante documento justificativo o nómina, vacaciones de 30 días de duración y todas las fiestas y permisos recogidos en el Estatuto de los Trabajadores (como lactancia, nacimiento de hijo prematuro y cuidado de familiares dependientes). También la asimilación con la relación laboral común del periodo de espera para el cobro de la incapacidad temporal, así como el reconocimiento del derecho a la Incapacidad Laboral por contingencias laborales o bonificaciones a las personas empleadoras.

A pesar de valorar como “positivas” estas mejoras, la reforma:

  • No incluye:
    • El derecho básico de la prestación por desempleo.
  • Reconoce:
    • Menores indemnizaciones.
  • Excluye:
    • La ocupación de la legislación de Prevención de Riesgos Laborales.

Cuadro resumen: Comparativa normativa Empleo Doméstico

La reducción de derechos laborales y de cobertura de la seguridad social durante más de 40 años ha generado, incluso posterior a la reforma, que la práctica laboral siga presentando reducciones de derechos o incumplimientos de la normativa.

Para ello desde la campaña de sensibilización se continúa desarrollando:

  • Dossier informativo de Empleo Doméstico y Acuerdos de Mínimos en la Contratación
  • Información, asesoramiento y formación
  • Acciones de sensibilización y denuncia
  • Atención a medios de comunicación

DOCUMENTOS GENERADOS:

Desde Andalucía Acoge se exige que se eliminen todas las discriminaciones explícitas o implícitas en el mercado laboral por razón de sexo, etnia, nacionalidad o religión.

NORMATIVAS DE INTERÉS: