
El Gobierno ha aprobado un proceso extraordinario de regularización para personas migrantes que ya viven en España. Este procedimiento permite solicitar una autorización de residencia legal en España, con permiso para trabajar en todo el país y en cualquier sector. La autorización tendrá una vigencia inicial de un año.
Infórmate según tu caso
SOLICITANTES DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL
Si presentaste tu solicitud de protección internacional antes del 1 de enero de 2026, aquí puedes consultar los requisitos, la documentación y los pasos que debes seguir para solicitar esta autorización.
PERSONAS EN SITUACIÓN ADMINISTRATIVA IRREGULAR
Si estás en situación administrativa irregular y ya te encontrabas en España antes del 1 de enero de 2026, aquí puedes consultar los requisitos, la documentación y el procedimiento para solicitar esta autorización.
Materiales informativos
Si necesitas apoyo
Desde la Federación Sur Acoge podemos ofrecer información y orientación para comprender el proceso y preparar la documentación necesaria, incluido el Certificado de Vulnerabilidad.
Puedes consultar nuestra web y seguir nuestro canal de WhatsApp para estar al tanto de todas las novedades y tener información actualizada.
Cita Previa / Atención en Sur Acoge
- Delegación de Sevilla: Para solicitar cita en nuestra delegación de Sevilla, puedes escribir a regularizacion@acoge.org. Recibirás un correo automático con toda la información y un formulario para las citas.
- Para el resto de localizaciones, consulta la información nuestras asociaciones, que iremos actualizando puntualmente: https://acoge.org/atencion-y-cita-previa-para-la-regularizacion-por-territorios/
¿Nos apoyas?

- 15 de abril de 2026: publicación en el BOE
- 16 de abril de 2026: comienza la tramitación telemática
- 16 de abril de 2026: se abre también la solicitud de cita previa para atención presencial
- 20 de abril de 2026: comienza la atención presencial
- 30 de junio de 2026: finaliza el plazo de solicitud
- El justificante de presentación no es lo mismo que la comunicación de inicio del procedimiento
- Cuando se inicie formalmente el procedimiento, la persona podrá trabajar en España
- También se obtendrá de oficio un Número de la Seguridad Social y una resolución que reconoce el derecho a asistencia sanitaria
- El permiso será válido solo para España, no para trabajar o residir en otros países de la UE
- El Ministerio ha habilitado un espacio específico con información actualizada sobre el proceso:
inclusion.gob.es/regularizacion
También estará disponible el teléfono 060 para dudas y cita previa.



