Las personas inmigrantes fueron expulsadas de manera colectiva sin acceso al procedimiento de asilo en Marruecos, país donde se violan sistemáticamente los derechos humanos de las personas refugiadas y migrantes. Ambas actuaciones están expresamente prohibidas por el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Dos ciudadanos de Camerún han presentado hoy ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) una demanda contra el Estado español por haber sido expulsados ilegalmente de Isla de Tierra en septiembre de 2012. En su demanda, solicitan que el Alto Tribunal condene a España por haber ejecutado una expulsión colectiva, expresamente prohibida por el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), negándoles la posibilidad de solicitar asilo en nuestro país y acceder a la tutela judicial recogida en la normativa española e internacional.
También denuncian que su expulsión se produjo hacia un país, Marruecos, dónde se violan sistemáticamente los derechos humanos de las personas migrantes y refugiadas de origen subsahariano. La Ley de Extranjería, al igual que el CEDH, contempla la obligatoriedad de las autoridades de informar a las personas inmigrantes de sus derechos, ofreciéndoles la posibilidad de acceder a un abogado, a un intérprete y a la tutela judicial efectiva. También es obligación de las autoridades proceder a la identificación de perfiles vulnerables que no pueden ser expulsados por cuestiones de índole humanitaria o por tratarse de potenciales personas refugiadas o víctimas de trata. En cambio, el Gobierno español decidió expulsarles de forma colectiva, sin estudiar de forma individualizada cada caso. De esta forma se le negó a Enmanuelle, uno de los demandantes, la posibilidad de solicitar asilo en España, viéndose obligado a solicitar protección internacional en Marruecos, país que carece de un sistema eficaz de asilo y dónde existe un grave problema de discriminación hacia las personas refugiadas subsaharianas.
La expulsión colectiva también tuvo como consecuencia la imposibilidad de recurrir la decisión ante los tribunales, al impedirse el acceso a los procedimientos establecidos por Ley, con las debidas garantías, ni ser informados de las vías para defender sus derechos. La obligatoriedad de acceso a un recurso efectivo está recogida en el CEDH, siendo, por tanto, condenable por el Alto Tribunal esta actuación del Gobierno español. Violando también el principio internacional de no devolución a países dónde puedan sufrir torturas y tratos degradantes e inhumanos, los demandantes, junto con el resto del grupo, fueron expulsados a Marruecos, país denunciado por múltiples organismos internacionales y ONG por violar sistemáticamente los derechos humanos de personas migrantes y refugiadas subsaharianas. Denis, la otra persona demandante, fue víctima de una brutal paliza por parte de la gendarmería marroquí al negarse a subir a un autobús con destino al desierto argelino, dónde sería abandonado a su suerte. La expulsión de personas subsaharianas al desierto, cerca de la ciudad fronteriza de Oujda, es una práctica habitual de las autoridades marroquíes que no puede desconocer el Estado español.
Los hechos, de significativo impacto mediático en España, acontecieron en 2012, cuando una primera embarcación arribó en la madrugada del 28 al 29 de agosto al islote de Isla de Tierra, con 19 personas en su interior, incluyendo mujeres embarazadas y niños. Posteriormente, en la madrugada del 1 al 2 de septiembre, llegaría otra embarcación con 68 personas en su interior. La expulsión colectiva se produciría en la madrugada del martes 4 de septiembre, cuando la Guardia Civil entregó a las Fuerzas de Seguridad de Marruecos las 73 personas subsaharianas que se encontraban aún en Isla de Tierra. Con anterioridad habían sido trasladadas a Melilla las mujeres embarazadas, los niños y sus madres.
Tras varios meses de investigación, las organizaciones españolas de Migreurop (ACSUR, Andalucía Acoge, APDHA, CEAR, Elín, Mugak y SOS Racismo) en colaboración con la Asociación Marroquí de Derechos Humanos (AMDH), consiguieron localizar en Rabat a Enmanuelle y Denis, quiénes habían conseguido regresar a territorio marroquí tras su expulsión a Argelia. Una vez entrevistados e informados de sus derechos, decidieron interponer una demanda contra el Reino de España ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Las organizaciones de Migreurop no quieren dejar pasar esta ocasión para denunciar que prácticas como la expulsión colectiva de Isla de Tierra, en línea con las políticas de la Europa fortaleza, acaban provocando tragedias como las vividas estos días en Lampedusa, al fomentar que las redes de tráfico de personas recurran a métodos y rutas cada vez más peligrosas.
¿Cuáles son los artículos del Convenio Europeo de Derechos Humanos violados por España y por los que está siendo demandada?
- Vulneración del artículo 3 del Convenio que recoge la prohibición de la tortura y de las penas o tratos inhumanos o degradantes.
- Vulneración del artículo 4 del Protocolo nº 4 al CEDH que contempla la prohibición de las expulsiones colectivas de extranjeros.
- Vulneración del artículo 13 del CEDH que contempla el derecho a un recurso efectivo.
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