• El Comité de Derechos del Niño admite a trámite una queja presentada por Algeciras Acoge
  • El organismo de la ONU ordena la no devolución de un menor a Argelia y su derivación a un centro de protección de menores, mientras se resuelve el procedimiento iniciado

            Algeciras Acoge, entidad federada de Andalucía Acoge, logra una nueva vitoria en la protección de los derechos de los niños y niñas que migran solos. El Comité de Derechos del Niño, organismo de Naciones Unidas, ha admitido a trámite la queja presentada por la asociación, que realiza un intenso trabajo de defensa de los derechos de las personas internadas en el CIE de la localidad, como integrante también de la Coordinadora CIEs No en Cádiz.  En esta queja, Algeciras Acoge informa del internamiento en el centro de Algeciras de un niño que contaba con certificado de nacimiento acreditativo de su minoría de edad.

            El Comité, mediante resolución de fecha 13 de abril, ha iniciado el procedimiento pertinente, aceptando la adopción de las medidas provisionales solicitadas por Algeciras Acoge: la paralización del procedimiento de expulsión y el traslado del menor a un centro de protección de menores, mientras se resuelve el procedimiento. Dándose, asimismo, traslado al Estado parte para que formule sus alegaciones.

Al menos 16 decisiones contra España desde 2019 por vulnerar los derechos de la infancia migrante

De esta forma, el Comité de Derechos del Niño vuelve a poner en evidencia el protocolo establecido en España para la determinación de la edad de posibles menores, así como su desprotección, al no aplicarse las medidas adecuadas y la vulneración de diversos preceptos de la Convención de Derechos del Niño. En este sentido, constan al menos 16 decisiones contra España desde el año 2019. De nuevo, se confirma que el Ministerio del Interior interna a menores en los CIE y la Federación Andalucía Acoge se ha visto obligada a recurrir a organismos internacionales, debido a la falta de respuesta del Gobierno español.

Ante la evidencia de que en el CIE de Algeciras se están internando menores de edad, tanto Algeciras Acoge como el conjunto de la Federación Andalucía Acoge, insta a las administraciones competentes a  que se tomen las medidas oportunas de formación y acatamiento de la normativa nacional e internacional, para evitar que casos como el vivido vuelvan a repetirse y se garanticen los derechos de estos menores.

            Desde Algeciras Acoge, se recuerda que “la normativa nacional e internacional señalan que, mientras dure el procedimiento de determinación de la edad los presuntos menores, deben esperar el resultado bajo la tutela del Servicio de Protección de Menores. Sin embargo, en el caso de este menor, se ha mantenido su internamiento en el CIE en situación de aislamiento, en un recurso únicamente válido para personas mayores de edad”.

Por otro lado, la entidad social incide en que “no se ha procedido al nombramiento de representante legal para acompañar al menor en el procedimiento de determinación de la edad, no se ha realizado valoración psicológica por especialistas, no se han respetado los márgenes de error en las pruebas radiológicas realizadas, y se ha sometido a los menores a un reconocimiento médico mediante desnudo integral por parte del médico forense y sin asistencia de intérprete, práctica desaconsejada por el Comité de Derechos del Niño”.

Antecedentes: Denuncia ante la Fiscalía de la presencia de menores en el CIE 

            La Coordinadora CIEs NO en Cádiz, denunció el 11 de marzo que, desde el pasado 19 de febrero, permanecían internados en el CIE de Algeciras dos jóvenes que contaban con documentación o pruebas acreditativas de su minoría de edad, y que deberían estar a disposición del centro de protección de menores correspondiente, anunciando el inicio de acciones legales. La Fiscalía de Menores de Algeciras reconoció, mediante Decreto fechado en 18 de marzo, la minoría de edad de uno de los menores internos en el CIE, ordenado su libertad y puesta a cargo del centro de protección de menores. Si bien, no se pronunciaba respecto al otro menor, pese a que el mismo contaba con partida de nacimiento original acreditativa de su edad.

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