La defensa jurídica de organizaciones sociales logra que un juzgado de Ceuta paralice
cautelarmente la repatriación de 9 menores que el gobierno iba a expulsar a Marruecos sin
las debidas garantías
Desde el pasado viernes 13 de agosto, las organizaciones Andalucía Acoge, Coordinadora de Barrios, Elin, Fundación Raíces, Gentium, Maakum y No Name Kitchen, entre otras, han sido testigos de la irregularidad de las actuaciones ordenadas por el Ministerio del Interior al devolver a Marruecos a menores acogidos en centros temporales dependientes del Servicio de Protección de Menores de la Comunidad Autónoma de Ceuta.
Desde entonces, se han llevado a cabo varias acciones jurídicas en defensa de los menores marroquíes, entre ellas, la presentación de una solicitud de medidas cautelarísimas en representación de 8 menores y presentada el domingo 15 de agosto, o la petición de Habeas Corpus en el Juzgado de Guardia. Sin embargo, estas peticiones fueron desestimadas por los Juzgados de Ceuta por carencia sobrevenida del objeto, pues durante la tramitación de las peticiones los menores fueron devueltos a Marruecos. En la mañana de hoy lunes 16 de agosto, se ha presentado de nuevo solicitud de medida cautelar urgente consistente en la paralización de las repatriaciones sin garantías de 12 de los 30 niños que estaba previsto se realizará entre la mañana de hoy y la de mañana. Tan sólo esos 12 menores de edad habían podido designar previamente a las abogadas de Coordinadora de Barrios y Fundación Raíces para su defensa y representación ante cualquier procedimiento que les afectase.
El Juzgado, en torno a las 14:30 del día de hoy, ha notificado Auto por el que estima la medida cautelar urgente presentada y acuerda suspender cautelarmente todas las actuaciones dirigidas a la repatriación de 9 de los 12 menores afectados, ya que tres de ellos ya han sido repatriados antes de que el Juzgado adoptara esta resolución. El Ministerio Fiscal, parte en este tipo de procedimientos y encargado de velar por el respeto de los Derechos de la infancia, no se ha opuesto a la adopción de la medida. El Juzgado constata en primer lugar que concurren las razones de urgencia que reclama la representación letrada de los niños, pues de hecho 3 de los 12 menores afectados por el procedimiento habían sido ya expulsados en el momento de dictarse el Auto.
Considera acreditada la falta de garantías de las actuaciones llevadas a cabo por la Delegación de Gobierno y la Policía de Ceuta, ya que “ni se ha incoado expediente administrativo, ni se ha dictado resolución alguna en relación a la repatriación de los menores”; y que tampoco se ha seguido lo previsto en el Acuerdo suscrito entre España y Marruecos sobre Cooperación en el Ámbito de la Prevención de la Emigración Ilegal de Menores No Acompañados, Su Protección y Su Retorno concertado, del 6 de marzo de 2007, que en su artículo 5 sobre el retorno de los menores no acompañados al Reino de Marruecos, indica que cualquier actuación sobre este asunto se realizará “en observancia estricta de la legislación española”. Y por ello, en el supuesto enjuiciado, constaba que se ha vulnerado lo previsto en el ordenamiento jurídico, concretamente en la normativa de extranjería, pues “nada de lo ordenado en la referido R.D se ha cumplido. Ni se ha tramitado, cumpliendo con los referidos trámites de obligado cumplimiento el procedimiento administrativo, ni consta resolución expresa sobre dicha cuestión respecto a cada uno de los menores exigible en nuestra legislación. Omisión que ha impedido a la totalidad de los interesados conocer los fundamentos que justifican la decisión de facto adoptada”.
Este Auto, como ya ocurrió en 2008 con las Sentencias del Tribunal Constitucional, constata que el Gobierno Español con su actuación está vulnerando derechos fundamentales de los menores extranjeros no acompañados al someterlos a repatriaciones sin garantías. En concreto, el Derecho a Ser Oído y a la Tutela Judicial Efectiva, son derechos fundamentales reconocidos en nuestro ordenamiento jurídico nacional e internacional que la actuación de la Administración no está respetando y el Interés Superior del Menor debe ser el principio rector de cualquier medida que se adopte que afecte a la vida de los niños y niñas.
Tenemos constancia que desde el pasado 13 de agosto el Gobierno ha repatriado de manera ilegal a entre 45 y 60 niños a Marruecos, sin, entre otras garantías, evaluar su interés superior ni valorar sus circunstancias de especial vulnerabilidad. Las organizaciones quieren recordar que la administración debe garantizar la asistencia letrada a todos los niños y niñas que puedan verse inmersos en cualquier procedimiento que les afecte. Y piden que se detengan de inmediato todas las Repatriaciones de menores, hasta que se garanticen todas las garantías.
Tal y como ya ocurrió en 2008, son las organizaciones sociales las que una vez más actúan en defensa de los derechos de la infancia y logran paralizar, a través de la vía judicial, las actuaciones del Gobierno que incumplen la normativa española e internacional, vulneran sistemáticamente los derechos de la infancia en situación de mayor vulnerabilidad, abocándoles al más absoluto desamparo y exclusión social, e incluso a terminar desapareciendo.
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